La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales las normas de dos municipios de Morelos que imponían multas de...
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales las normas de dos municipios de Morelos que imponían multas de hasta 2 mil 838 pesos a personas que durmieran en la vía pública, al considerar que estas disposiciones vulneran la dignidad humana y discriminan a quienes carecen de vivienda. Durante la sesión del 3 de noviembre de 2025, el Pleno sostuvo que dormir es una necesidad básica y que sancionar esta conducta perpetúa la exclusión y castiga la pobreza. Además, invalidó otras sanciones municipales por su redacción ambigua, como “provocar escándalo” o “insultar a la autoridad”, por abrir la puerta a la arbitrariedad.
En la misma sesión, la Corte resolvió otra acción de inconstitucionalidad que reafirma la capacidad jurídica de las personas con discapacidad. Se declaró inválido un artículo de la Ley de la Comisión Nacional de Energía que permitía remover a integrantes de su Comité por haber sido declarados en “estado de interdicción”, figura ya eliminada del sistema jurídico mexicano. El Tribunal reiteró que ninguna autoridad puede desconocer la autonomía de las personas adultas por motivos de discapacidad, en cumplimiento con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.


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