La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las personas sentenciadas a prisión no pueden acceder a una reducción de pena ...
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las personas sentenciadas a prisión no pueden acceder a una reducción de pena alegando su derecho a la reinserción social. El fallo se dio tras conceder un amparo a la familia de una víctima de feminicidio, luego de que el agresor —sentenciado a 50 años de cárcel por el asesinato de una maestra en 2020— impugnara la condena argumentando que, al tener 18 años al momento del crimen, la pena máxima violaba su derecho a reinsertarse en la sociedad. Aunque tribunales previos habían favorecido al sentenciado, la SCJN revocó esas decisiones. Las ministras Lenia Batres y María Estela Ríos criticaron la ponderación de derechos realizada por los jueces inferiores, calificándola de ilógica y violatoria. La ministra Batres subrayó que el derecho a la reinserción social existe independientemente de la duración de la pena. El ministro presidente Hugo Aguilar aclaró que la sentencia no implica que siempre se deba imponer la pena máxima, sino que cada caso debe analizarse en su contexto.


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