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  El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma impulsada por la actual administración que añadió tres de...

 

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma impulsada por la actual administración que añadió tres delitos fiscales a catálogo de aquellos que merecen prisión preventiva oficiosa, sin embargo, la propuesta de acotar esta medida para que ya no se aplique de manera automática no fue aprobada.


Por mayoría de ocho votos, la Corte avaló la propuesta del ministro Luis María Aguilar Morales para invalidar la reforma que añadió el contrabando, los factureros y la defraudación fiscal como amenazas a la seguridad nacional conforme a la ley aplicable en la materia y con la que automáticamente fueron añadidos al catálogo de delitos que merecen prisión preventiva de oficio.

La inconstitucionalidad de esta reforma fue apoyada por Juan Luis González Alcántara Carrancá, Norma Lucía Piña Hernández, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek y el ministro presidente Arturo Zaldívar, cuyos votos se sumaron al del ponente, Aguilar Morales.


Pese a esta declaratoria de invalidez, las personas que sean acusadas por estos delitos todavía pueden ir a la cárcel mientras duran sus procesos penales pues podrán ser sujetas a la medida de prisión preventiva justificada, en la que el ministerio público tendrá que acreditar la necesidad de aplicar esta medida privativa de la libertad.


Para el ministro Javier Laynez, la reforma que adicionó estos delitos a la Ley de Seguridad Nacional es un fraude a la constitución.


“El que a través de una reforma a ley secundaria se incluyan estos delitos como atentados a la Seguridad Nacional, y por consecuencia ameriten prisión preventiva oficiosa, sí implica un fraude a la constitución”, dijo. 


Durante la sesión de este jueves la propuesta de interpretar la prisión preventiva oficiosa, contemplada en el artículo 19 constitucional, se quedó a un voto de ser avalada y quedar como antecedente.


Pues con seis ministros en contra de esta interpretación, ni siquiera formará parte de la sentencia que finalmente deberá publicar el Pleno y será como si nunca la hubieran propuesto.


Los ministros que se pronunciaron contra la interpretación que acotaba la prisión preventiva oficiosa para que deje de aplicarse de manera automática fueron: Loretta Ortiz Ahlf, Yasmín Esquivel Mossa, Javier Laynez Potisek, Alberto Pérez Dayán, Jorge Mario Pardo Rebolledo y el ministro Presidente, Arturo Zaldívar quien en septiembre pasado estuvo dispuesto incluso a dejar de aplicar el artículo 19 constitucional, conforme a la propuesta original de Aguilar Morales.

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